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El nuevo marco legal por extinción unilateral del contrato laboral por impago de nominas

21/11/2024
El nuevo marco legal por extinción unilateral del contrato laboral por impago de nominas

El nuevo marco legal por extinción unilateral del contrato laboral por impago de nominas

extinción unilateral por impago por el trabajador

El nuevo marco legal para la extinción unilateral del contrato laboral por impagos de nómina  

El Congreso de los Diputados, a través de una enmienda al Proyecto de Ley de Eficiencia del Servicio de la Justicia, ha introducido una reforma significativa en el Estatuto de los Trabajadores para establecer criterios claros sobre los casos en que los empleados pueden extinguir unilateralmente su contrato laboral debido al impago o retraso en el pago de su salario. Este cambio busca solucionar un vacío normativo que, hasta ahora, había dejado la cuestión en manos de interpretaciones judiciales dispares. 

    Antecedentes y justificación de la reforma  

Hasta este momento, la legislación española no establecía límites concretos sobre cuántos días de retraso o cuántos impagos eran necesarios para que un trabajador pudiera romper la relación laboral sin consecuencias negativas. Este vacío generaba incertidumbre tanto para los empleados como para los empleadores, ya que los jueces decidían caso por caso, basándose en las circunstancias específicas de cada litigio. 

El problema radicaba en la falta de uniformidad en las decisiones judiciales, lo que conllevaba una notable inseguridad jurídica. Para algunos tribunales, un mes de impago podía ser suficiente causa para la extinción del contrato; para otros, la situación debía ser más prolongada. Por ello, el Gobierno consideró necesario intervenir para establecer pautas claras y homogéneas que protegieran los derechos de los trabajadores frente a los incumplimientos de los empleadores. 

    Criterios establecidos en la reforma  

El texto de la reforma introduce dos situaciones específicas que habilitan al trabajador a extinguir unilateralmente su contrato sin sufrir perjuicio legal y con derecho a una indemnización por despido improcedente: 

1.  Retraso en el pago del salario por más de 15 días y acumulación de tres impagos completos de la nómina en el transcurso de un año, aunque no sean consecutivos. 

2.  Retrasos recurrentes en el pago del salario durante un período de seis meses, aunque estos no sean consecutivos. 

Ambos supuestos brindan un marco objetivo y previsible para los trabajadores, quienes ahora podrán tomar decisiones basadas en la legislación vigente sin necesidad de esperar a la interpretación de un tribunal. 

    Mayor protección para los trabajadores  

Una de las novedades más relevantes de esta reforma es la obligación de las empresas de indemnizar al trabajador afectado como si se tratara de un despido improcedente. Además, el trabajador podrá acceder a la prestación por desempleo, lo que añade una capa de seguridad económica a quienes se ven obligados a abandonar su puesto por el incumplimiento de sus empleadores. 

En este contexto, la reforma no solo beneficia a los empleados, sino que también busca garantizar que las empresas cumplan con sus obligaciones salariales en tiempo y forma. 

    La potestad de los tribunales: flexibilidad dentro de un marco definido  

Aunque la nueva normativa establece criterios objetivos, el legislador también ha optado por mantener cierta flexibilidad. Los jueces y tribunales continuarán teniendo la potestad de respaldar la extinción del contrato por parte del trabajador si consideran que existe una “causa justa” de acuerdo con las circunstancias del caso. 

Esto significa que, aunque los escenarios definidos son claros y vinculantes, no excluyen otros supuestos en los que un tribunal pueda determinar que el impago o retraso es motivo suficiente para rescindir el contrato. 

    Impacto esperado de la reforma  

El cambio en el Estatuto de los Trabajadores promete generar efectos positivos en varios niveles: 

1.  Seguridad jurídica:  Tanto los trabajadores como las empresas tendrán claridad sobre las condiciones en que pueden producirse las extinciones contractuales por impago. 

2.  Reducción de litigios:  La existencia de criterios objetivos podría disminuir el número de casos llevados a los tribunales, ya que muchas situaciones quedarán resueltas por la normativa. 

3.  Mayor cumplimiento empresarial:  Las empresas podrían esforzarse más en cumplir con sus obligaciones salariales para evitar conflictos laborales y los costos asociados a la indemnización por despido improcedente. 

    La aprobación en el Congreso y los próximos pasos  

El Pleno del Congreso votará esta reforma el próximo  noviembre. Se espera que la propuesta sea aprobada con el respaldo de varios grupos políticos, entre ellos PSOE, Sumar, ERC, Junts, Bildu, PNV y el grupo mixto. De ser así, el texto se remitirá al Senado para su aprobación definitiva. 

Este respaldo multipartidista refleja un consenso amplio sobre la necesidad de abordar el problema del impago de salarios y proteger los derechos de los trabajadores en España. 

    Un paso hacia una relación laboral más justa  

En conclusión, la reforma del Estatuto de los Trabajadores representa un avance importante en la legislación laboral española. Al fijar criterios claros para la extinción unilateral del contrato por impagos, se mejora la protección de los trabajadores y se fomenta una mayor responsabilidad por parte de las empresas. 

El reconocimiento de los derechos de los empleados no solo es un imperativo ético, sino también una herramienta para construir relaciones laborales más justas y equilibradas. Este cambio legislativo, si se aprueba definitivamente, sentará un precedente para otras áreas del derecho laboral, consolidando la seguridad jurídica y el bienestar de los trabajadores en el ámbito empresarial. 

 


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